Marco Legal

Ley 1090 de 2006

Reglamenta el ejercicio de la profesión de Psicología (Títulos I – VI) y establece el correspondiente Código Deontológico y Bioético (Título VII), dentro del cual se crean y reglamentan el Tribunal Nacional y los Tribunales Regionales Deontológicos y Bioéticos (Capítulos IX y X) ), además se definen pautas relativas a los procesos disciplinarios para los profesionales de la psicología (Capítulos XI y XII). 

Estatutos

Modificados mediante Sala Nacional Colegial del 28 y 29 de marzo de 2014 y aprobados según Acta O-5. La Sala Nacional Colegial del Colegio Colombiano de Psicólogos – Colpsic, en ejercicio de sus facultades estatutarias, luego de sendos procesos democráticos, donde intervinieron los Colegiados, promulgan los siguientes estatutos cuyos objetos son: 

a. Constituir un marco de referencia normativo para definir y llevar a cabo la misión y visión propias de su razón de ser, en correspondencia con la Constitución Política de Colombia, la Ley 1090 de 2006, que le delegó funciones públicas al Colegio Colombiano de Psicólogos – Colpsic, así como con las demás normas que fueren pertinentes. 

b. Asumir los principios y procesos de la gerencia moderna, la gestión del conocimiento y del talento humano, las normas de administración más apropiadas y la utilización de las tecnologías que se requirieren. 

c. Establecer los principios, políticas y normas básicas, con el fin de darle a las diferentes instancias del Colegio Colombiano de Psicólogos – Colpsic mayores formas y medios para auto-evaluarse permanentemente, definir y enrutar políticas, establecer sus planes de desarrollo, expedir sus propios reglamentos operativos, ejecutar lo pertinente y evaluar su impacto. 

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